Tijuana-BC | Isaías Plascencia-CdTj
La Organización Mundial del Turismo, un organismo especializado de las Naciones Unidas conceptualiza al turismo como un fenómeno social, cultural y económico relacionado con el movimiento de las personas a lugares que se encuentran fuera de su lugar de residencia, mientras que en el código ético en la materia, dentro del artículo 7, se reconoce el derecho de mujeres y hombres al descanso y al ocio.
En el mismo documento aprobado en 1999 se indica en uno de los principios, que el acceso directo y personal al descubrimiento de las riquezas del mundo y la humanidad, constituirá un “derecho abierto por igual a todos los habitantes del planeta”, por lo que no deberá haber obstáculos para su goce pleno.
De igual forma se indica que se deberá fomentar y con ello facilitar desde el ámbito gubernamental a familias, jóvenes, estudiantes, adultos mayores y personas con discapacidad el disfrute de la naturaleza, los espacios históricos, urbanos y rurales.
Hacia lo accesible
En ese sentido, la accesibilidad es aplicable para todos, en particular hacia quienes tienen una diversidad funcional (deficiencia física, mental o sensorial), pues la Organización Mundial de la Salud calcula que el 15% de la población mundial vive con algún tipo de discapacidad, siendo un constante motivo de discriminación directa e indirecta a partir de estereotipos descriptivos y prescriptivos.
De ahí la necesidad y prioridad exigible con base a los ajustes razonables para lograr que las instalaciones, productos y servicios turísticos sean considerados como un componente esencial de cualquier política de turismo responsable y sostenible de manera transversal.
En un paradigma de verdadero turismo accesible vinculado hacia los sectores vulnerables y vulnerados de la población dada su condición de vida, deben contemplarse cuatro dimensiones: movilidad, visión, audición y cognición.
Lo anterior implica hacer todo con base al diseño universal, que es la generación de entornos adecuados para cualquier persona con base a los principios: uso equitativo, uso flexible, uso intuitivo, información perceptible, tolerancia al error, mínimo esfuerzo físico y tamaño de aproximación.
De no impulsarse, permitirse o realizarse los cambios pertinentes en la sociedad y en las instituciones y áreas públicas, además de privadas, para brindar los servicios turísticos básicos entonces se incumpliría tan solo con varios artículos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que son el artículo 9 que hace mención a la accesbilidad; el 18 que engloba todo sobre el derecho a la libertad de desplazamiento, así como el 30, que corresponde a la participación en la vida cultural y las actividades recrativas.
El Sello Turismo Incluyente
En 2014 la Secretaría de Turismo en México, creó el Sello Turismo Incluyente para ser otorgardo a las empresas turísticas capaces de brindad una atención integral, que permita a las personas con discapacidad acceder a instalaciones exteriore e interiores, señalética y servicios de información adecuadas.
Respaldo documental e informativo
- Convención sobre los Derechos de las Persona con Discapacidad
- Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad
- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
- Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
- Secretaría de Turismo
- Organización Mundial del Turismo
- Organización de las Naciones Unidas