¿Te accidentaste camino al trabajo? Conoce esta nueva propuesta del Senado, explica Luis Diez de Bonilla

El año pasado, el IMSS otorgó 5,318 incapacidades permanentes por los incidentes durante el desplazamiento a los centros de trabajo.

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Luis Diez de Bonilla Kuri y Asocidos" Muchas gracias quedo pendiente ante cualquier comentario

El senado recibió un proyecto de reforma para ampliar las situaciones que se pueden calificar como accidente de trabajo en trayecto. De esta manera, se reconocerían también como incidentes laborales los que ocurran cuando las personas cambien su ruta habitual o bien su punto de partida sea de un domicilio distinto al de su casa. El  abogado Luis Diez de Bonilla nos explica un poco sobre este tema.

La propuesta ya fue turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su análisis y es promovida por los senadores del Partido del Trabajo (PT). La modificación planteada al artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y al 42 de la Ley del Seguro Social (LSS) ampliará de uno a cuatro las situaciones que pueden calificarse como accidente laboral durante el desplazamiento de las personas trabajadoras.

“Es necesario hacer patente que la legislación laboral y en materia de seguridad social para las personas trabajadoras es limitada en cuanto al reconocimiento de los riesgos que día a día enfrentan las personas como parte de su actividad laboral, lo que implica necesariamente la posibilidad de sufrir un accidente durante el traslado hacia o desde el centro laboral” Explica  Luis Diez de Bonilla. 

Actualmente la Ley Federal del Trabajo sólo reconoce que, además de los incidentes que se presentan al interior de los centros de trabajo, se califican como accidentes de trabajo a los trayectos de casa del trabajador a su empresa o viceversa.  Sin embargo, el proyecto plantea que también se incluyan estas tres situaciones cotidianas:

  • Traslados de casa al centro de trabajo y viceversa, aún cuando el desplazamiento no sea directo sino con una alteración habitual como llevar o ir a buscar a los hijos a la escuela o guarderías.
  • Incidentes en el trayecto de un trabajador que se traslada para acudir sucesivamente a distintos centros de trabajo en los que presta sus servicios.
  • Cuando el trabajador no salga de su propio domicilio hacia el centro de trabajo sino de un domicilio transitorio en el que hubiera tenido la necesidad urgente de pernoctar por razones o circunstancias que deberán acreditar plenamente.

Adicional a esto, la reforma propone incluir una nueva disposición para complementar el proceso: Cuando se presente un incidente en el trayecto, la persona trabajadora deberá acudir inmediatamente por atención médica.

“Se propone reformar el artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo, así como el artículo 42 de la Ley del Seguro Social, para reconocer expresamente en la Ley circunstancias de la realidad de las personas trabajadoras de nuestro país, que hasta la fecha sólo han sido consideradas como circunstancias de excepción para admitir el accidente de trabajo en Acuerdos del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social” explica el abogado Luis Diez de Bonilla. 

De acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el año 2021 se registraron 109,512 accidentes de trabajo en traslados y 273 defunciones derivado de estos accidentes:

Las causas más frecuentes de los accidentes en trayecto se han presentado por: 

  • Caídas
  • Accidente de motocicleta
  • Accidente en automóvil
  • Exposición a fuerzas mecánicas inanimadas
  • Accidente en el transporte público

El año pasado, el IMSS otorgó 5,318 incapacidades permanentes por los incidentes durante el desplazamiento a los centros de trabajo. Desde 2015, cada año se reportan más de 100,000 accidentes laborales en trayecto, sólo con excepción de 2020 cuando se registraron 95,026 casos, lo que se explica por las medidas de confinamiento que adoptaron algunas empresas.

Esperamos que este artículo te sea de utilidad y agradecemos al abogado Luis Diez de Bonilla de la firma Diez de Bonilla, Kuri y Asociados S.C.

Abogado Luis Diez de Bonilla y asociado