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Diputados aprueban tope a jubilaciones y pensiones públicas

La Cámara de Diputados aprobó por mayoría calificada la reforma al artículo 127 de la Constitución Política, con la cual se establece un límite a las jubilaciones y pensiones otorgadas por entidades públicas en los tres niveles de gobierno. El proyecto de decreto fue avalado en lo general con unanimidad de 458 votos, y en lo particular con 363 votos a favor, 64 en contra y 25 abstenciones, por lo que fue enviado a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para continuar el proceso constitucional.

La reforma incorpora lenguaje inclusivo al sustituir expresiones como “presidente de la República” por “persona titular del Ejecutivo Federal”, y “ningún servidor público” por “ninguna persona servidora pública”. Sin embargo, su eje central es el establecimiento de un tope máximo para las pensiones y jubilaciones del personal de confianza en organismos descentralizados, empresas públicas, sociedades nacionales de crédito, fideicomisos y entidades paraestatales.

De acuerdo con el dictamen, ninguna jubilación o pensión podrá exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente. Este límite aplicará tanto para instituciones federales como para organismos estatales y municipales.

El documento precisa que no podrán establecerse condiciones laborales que superen este límite, sin importar el instrumento jurídico utilizado. No obstante, la reforma contempla excepciones: las Fuerzas Armadas, las pensiones derivadas de aportaciones voluntarias a cuentas individuales, las provenientes de aportaciones sindicales en sistemas complementarios, y la pensión no contributiva prevista en el artículo 4º constitucional.

Ajustes obligatorios y régimen transitorio

El régimen transitorio establece que, una vez que el decreto entre en vigor, todas las jubilaciones y pensiones vigentes que no estén dentro de las excepciones deberán ajustarse al nuevo límite, incluso si fueron otorgadas antes de la reforma. Los entes públicos deberán revisar y adecuar contratos, condiciones generales de trabajo y demás instrumentos jurídicos relacionados con planes de retiro.

Asimismo, se aclara que los haberes de retiro concedidos conforme al marco constitucional previo se conservarán, siempre que hayan sido reconocidos antes de la entrada en vigor del decreto.

Las aportaciones que realice el Estado a cuentas individuales o planes complementarios también quedarán sujetas al nuevo límite constitucional. Además, en un plazo máximo de 90 días naturales, el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales deberán revisar y armonizar su marco jurídico para hacerlo congruente con la reforma.

El dictamen señala que no habrá ampliaciones presupuestales para implementar estos cambios, por lo que las erogaciones deberán cubrirse con los recursos ya aprobados para cada ejecutor de gasto.

Discusión en lo particular

Durante la discusión en lo particular, el diputado Raúl Bolaños Cacho Cué (PVEM), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que se presentaron propuestas de modificación a la totalidad del proyecto. Sin embargo, las reservas de diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC fueron retiradas, enviadas al Diario de los Debates o no admitidas a discusión, por lo que quedaron desechadas.

Con esta aprobación, la reforma avanza hacia su siguiente etapa en los congresos estatales, donde deberá obtener el respaldo de la mayoría de las legislaturas para incorporarse de manera definitiva a la Constitución.

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