El 31 de marzo de cada año se celebra en el mundo el Día Internacional de la Visibilidad Trans (Travesiti, Transgenero, Transexual), que nace con el propósito de remarcar el valor de vida de manera abierta, sin ningún tipo de prejuicio, además sin dejar de reconocer la fuerte lucha que han conllevado personas trans, que han sido pioneros y pioneras de esta lucha[1].De acuerdo a las letras “TTT” en las siglas LGBTTTI se refieren a las personas transgénero, transexuales y travestis. Trans es una persona cuya identidad de género no coincide con la asignada al momento de nacer, y que hace una transición a otro u otros. El género es performativo: son ideas y comportamientos que definen a las mujeres y a los hombres. No se nace hombre o mujer; se aprende a serlo. La identidad de género es la convicción personal e interna de cómo cada persona se percibe a sí misma. Las personas trans pueden adecuar su género a lo masculino o a lo femenino, o no. Reconocer la realidad trans implica reconocer que, por un lado, hay estereotipos construidos desde un sistema patriarcal sobre lo masculino y lo femenino. Y por otro lado, que no todas las personas se identifican con la construcción de género que les fue asignada al nacer, pero eso no implica necesariamente asumir la identidad del “otro” género, sino que cada persona se construye a sí misma[2].Es importante entender que el ser trans es una manifestación más de la diversidad de la naturaleza humana. Las personas trans forman una parte esencial de las comunidades y culturas. Sin embargo, en la actualidad muchas personas trans sufren hostilidad, discriminación y un sin fin de violaciones a sus derechos humanos. Vivir una vida abiertamente, mostrando la propia identidad, es algo que la mayoría de la gente da por sentado, pero en el caso de las personas trans puede ser muy peligroso ya que no toda la sociedad esta informada sobre el tema y lo único que logran hacer es violentar los derechos de las personas trans[3].Acorde con el tema el 15 de marzo de 2019, la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) en España, publicó los resultados de una encuesta en la que enunciaba que el 42% de las personas trans encuestadas sufrieron amenazas o maltrato psicológico en el año 2018. En torno al 70% de los entrevistados fueron insultados en este periodo de tiempo, el 31%, acosados y el 42% sufrió negación al acceso laboral[4].Por otro lado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Experto Independiente de la ONU sobre protección contra la violencia y discriminación por orientación sexual e identidad de género, en 2018 hicieron un llamamiento a los Estados a garantizar el pleno ejercicio de todos los derechos humanos para personas trans y de género diverso. Destacaron la importancia de adoptar inmediatamente leyes y políticas integrales y transparentes para reconocer la identidad de género autodefinida y brindar garantías legales y sociales que promuevan la observancia de todos los derechos humanos de las personas trans y de género diverso. Reconocer el derecho a tener documentos de identificación conforme a la identidad de género autodefinida es un paso importante en el camino hacia el respeto y las garantías plenas de los derechos de las personas trans[5].En México, podemos encontrar que dentro de la Constitución Política de la Ciudad de México, en el inciso H de su artículo 11º, reconoce a las personas del colectivo LGBTTTI como grupo de atención prioritaria y establece la obligación de adoptar las medidas necesarias para promover, respetar, proteger y garantizar sus derechos, así como eliminar progresivamente las barreras que impiden la realización plena de estos, para que puedan alcanzar su inclusión efectiva en la sociedad. Todo ello mediante la garantía de su participación democrática y social, su derecho a una vida libre de violencia y discriminación, la no criminalización, represión o reclusión y la capacidad para decidir sobre su persona y patrimonio, así como el ejercicio de sus libertades, independencia, privacidad, intimidad y autonomía personal[6]. Por otro lado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el párrafo quinto de su artículo primero, la prohibición de ejecutar cualquier acción que atente contra la dignidad humana o bien que anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas, la cuales tengan su origen en prejuicios del género, sexo, las preferencias sexuales entre otras[7].Aunado a ello la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el 31 de marzo del 2020, exhorto a los tres niveles de gobierno a impulsar políticas públicas de prevención de la violencia contra las personas Travestí, Transgénero, Transexuales, para hacer efectivo el reconocimiento de sus derechos fundamentales, entre ellos, su identidad de género, lo anterior debido a que hoy en día siguen existiendo particulares y funcionarios públicos que, dentro de sus ámbitos de decisión e influencia, se empeñan en perpetuar acciones que estigmatizan, minimizan, menoscaban y anulan la dignidad, derechos y libertades de este grupo de personas[8].Es por ello que, es necesario que los gobiernos de los países garanticen el acceso efectivo y universal al reconocimiento y visibilidad de la identidad sexo-genérica de las personas trans.
[1] https://www.imer.mx/ciudadana660/dia-internacional-para-la-visibilidad-trans/ [2] https://www.copred.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/dia-internacional-de-la-visibilidad-trans-reconocimiento-las-infancias-trans-un-pendiente [3] https://www.unfe.org/es/transvisibility-2/ [4] https://www.axelmag.com/es/por-que-es-tan-importante-el-dia-de-la-visibilidad-trans/ [5] https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2018/069.asp [6] http://www.infocdmx.org.mx/documentospdf/constitucion_cdmx/Constitucion_%20Politica_CDMX.pdf [7] http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_241220.pdf [8] https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-03/COM_2020_112.pdf