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Solicitan creación del Centro Islámico de Tecate

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó este jueves 26 de diciembre, un aviso destacando la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa para el Centro Islámico de Tecate, el cual estaría ubicado en la colonia La Bondad, del municipio de Tecate, Baja California.

Proceso y Plazo de Oposición

En cumplimiento con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se informa que todas las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que consideren que la creación del Centro Islámico de Tecate pudiera afectar su esfera jurídica, tienen un plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente a esta publicación para presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, que es parte de la Secretaría de Gobernación.

Solicitud de Registro

El 27 de agosto de 2024, la agrupación religiosa denominada Centro Islámico de Tecate presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de Asuntos Religiosos. Una vez integrado el expediente de la solicitud, y para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su reglamento, se publica el extracto de la solicitud para su conocimiento público.

Objetivos del Centro Islámico

El Centro Islámico de Tecate tiene como objetivo realizar cultos devocionales, de predicación y de instrucción del Quran. La agrupación ha presentado estatutos y pruebas que acreditan su arraigo entre la población, cumpliendo así con los requisitos establecidos por la ley para constituirse como asociación religiosa.

Derechos y Libertades

De acuerdo con el Artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.

Libertad Religiosa

Es importante recordar que toda persona tiene libertad para adoptar, profesar, divulgar o seguir, inclusive cambiar, la creencia religiosa o filosófica que desee. Además, puede practicar libremente las ceremonias religiosas, devociones, ritos, enseñanzas u otros actos del culto de su religión, ya sea en forma individual o colectiva, tanto en público como en privado. Esta libertad se ejerce siempre que no afecte la dignidad de la persona o induzca a cometer algún delito o falta administrativa prevista en la ley.

Qué es el Quran

El Quran, también conocido como Corán, es el libro sagrado del Islam, considerado por los musulmanes como una revelación de Dios (Alá) al profeta Mahoma. El Quran está compuesto por versículos que se agrupan en capítulos llamados suras. Es la guía central para los creyentes musulmanes, abarcando aspectos de la teología, ley, moral y guía espiritual.

Acerca del Islam

El Islam es una religión monoteísta fundada en el siglo VII en la península arábiga por el profeta Mahoma. Los seguidores del Islam, conocidos como musulmanes, creen en un solo Dios, Alá, y siguen las enseñanzas del Quran. Los cinco pilares del Islam, que son las bases de la vida musulmana, incluyen la fe (shahada), la oración (salat), el ayuno (sawm), la caridad (zakat) y la peregrinación a La Meca (hajj).

Esta solicitud marca un paso importante en el reconocimiento y formalización de nuevas expresiones religiosas en la región, promoviendo la diversidad y la inclusión en el ejercicio de la libertad religiosa.

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